miércoles, 23 de diciembre de 2015

No a la Pirotecnia en Capilla del Monte

Otro logro hemos conseguido! Recuerdan la Ordenanza 2454/12 que PROHIBE EL USO DE PIROTECNIA DE ESTRUENDO EN EL TERRITORIO DE CAPILLA DEL MONTE? AHORA SE MODIFICO Y PROHIBE TAMBIEN LA VENTA.
Art. 1ª "PROHIBASE EL USO Y VENTA DE "PIROTECNIA DE ESTRUENDO" Y DE LOS LLAMADOS "GLOBOS AEROSTATICOS" o similares guiados por calor y/o combustion en TODO el ambito territorial de Capilla del Monte.
Muchas gracias HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CAPILLA DEL MONTE.

https://www.facebook.com/photo.php?fbid=10208589668717405&set=a.1738516140945.2102854.1179890411&type=3&theater 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entrada destacada

INGRESO 2017 A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SARMIENTO

#Ingreso2017: Preinscripción online e inscripción presencial para el CAU Desde el  lunes 12 al viernes 30 de junio , la UNGS inscribe pa...