Diputados aprobó y giró al Senado la creación de un régimen especial de
boleto para transporte público de pasajeros urbanos, suburbanos e
interurbanos, destinado a alumnos, docentes y no docentes,
pertenecientes tanto a instituciones públicas como privadas. En
sintonía, también se aprobó boleto educativo para beneficiarios del
PROGRESAR.
Tras un intenso debate puertas adentro, finalmente la Cámara de
Diputados de la provincia de Buenos Aires, presidida por Horacio
González, aprobó y giró al Senado el proyecto que plantea la creación de
un régimen especial de boleto para transporte público de pasajeros
urbanos, suburbanos e interurbanos, destinado a alumnos, docentes y no
docentes “pertenecientes a instituciones educativas públicas de gestión
estatal y de gestión privada con aportes del Estado”.
El despacho
se hizo sobre la base de los proyectos de Ley presentados por las
diputadas Mónica López, Karina Nazabal, Sandra París y María del Huerto
Ratto y los diputados Hernán Doval, Walter Carusso y Christian Castillo,
del FIT.
El boleto Especial Educativo será de carácter gratuito y
alcanzará a los estudiantes pertenecientes al nivel inicial, primario,
medio, terciario, superior universitario, formación profesional y
bachilleratos populares; y los docentes, no docentes y auxiliares de
educación de todos los niveles de gestión estatal, incluidos los
bachilleratos populares.
El boleto creado por la presente ley
podrá ser utilizado durante los días hábiles del año escolar y deberá
cubrir la totalidad de las actividades educativas. Para acreditar la
calidad de beneficiario se deberá contar con una autorización emanada
por la autoridad de aplicación que el Poder Ejecutivo designe.
El
beneficio alcanzará también al traslado de residentes o practicantes,
como también a los alumnos y docentes que deban desarrollar una
actividad curricular fuera del establecimiento educativo. El Poder
Ejecutivo destinará los fondos necesarios para garantizar la
implementación del Boleto Especial Educativo creado por la presente Ley.
A su vez, la empresa deberá cubrir el seguro del usuario de este
boleto, de igual forma que con el resto de los pasajeros, y se faculta
al organismo de aplicación para tomar los recaudos necesarios para
evitar que el beneficio establecido no vaya en desmedro del servicio que
se brinda al resto de los beneficiarios del transporte público.
http://www.parlamentario.com/noticia-75590.html
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